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Contrato de compraventa de un arma entre particulares

Albor · actualizada el 18 de octubre de 2026

La Guardia Civil pide que la venta entre particulares se acredite ante la Intervención de Armas con un documento que la pruebe. Un contrato firmado por los dos sirve para eso, y deja por escrito lo que acordasteis: el arma, el precio, cómo se paga, cuándo se entrega y en qué estado está. Hacedlo por duplicado y firmad las dos copias.

El contrato no sustituye al cambio de titular: hasta que la Intervención expida la guía de pertenencia a nombre del comprador, el arma solo puede estar en manos del vendedor. Los pasos están en Cómo se hace el cambio de titular.

Para qué sirve cada parte

La plantilla

Copia el texto y rellena lo que va entre corchetes. Lo que no os sirva, bórralo.

Contrato de compraventa de arma de fuego entre particulares

En [localidad], a [día] de [mes] de [año].

Vendedor: [nombre y apellidos], con DNI [número], domicilio en [dirección completa], titular de la licencia de armas [tipo de licencia] número [número].

Comprador: [nombre y apellidos], con DNI [número], domicilio en [dirección completa], titular de la licencia de armas [tipo de licencia] número [número], en vigor hasta el [fecha].

Los dos acuerdan la compraventa del arma que se describe abajo, con estas cláusulas.

1. Arma. El vendedor vende al comprador el arma siguiente, de la que es titular:

2. Precio y pago. El precio es de [cantidad en letra] euros ([cantidad en cifras] €). El comprador lo paga por [transferencia bancaria / Bizum / en efectivo / otra forma] [antes de la entrega / el día de la entrega / otro momento], a la cuenta [número de cuenta, si es por transferencia].

3. Entrega y cambio de titular. El arma se entregará en la Intervención de Armas de [localidad] el [fecha], o se enviará desde la Intervención de Armas de [localidad del vendedor] a la de [localidad del comprador]. La venta queda sujeta a que la Intervención expida la guía de pertenencia a nombre del comprador. Si no la expide, el vendedor devolverá lo cobrado en un plazo de [número] días y el arma seguirá siendo suya. La tasa de la guía nueva la paga [el comprador / el vendedor] y el envío, si lo hay, [el comprador / el vendedor / a medias].

4. Estado del arma. El comprador [ha revisado el arma en persona / conoce su estado por las fotos y la descripción del vendedor]. Estado: [descripción]. Defectos que el vendedor conoce: [defectos o «ninguno»].

[Opcional:] El vendedor no responde de los defectos ocultos que desconozca.

5. Declaraciones. El vendedor declara que es el titular del arma, que la información que ha dado sobre ella es cierta y que no tiene noticia de ninguna denuncia ni retención sobre ella. El comprador declara que tiene en vigor la licencia que corresponde a esta arma.

Firmado por duplicado en el lugar y la fecha indicados.

Firma del vendedor: [firma]

Firma del comprador: [firma]

Hacienda

En una compraventa entre particulares, el comprador paga el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, aunque el contrato diga otra cosa. El tipo lo fija cada comunidad autónoma; si la tuya no ha fijado uno, es el 4 % del precio. El plazo y el impreso también dependen de la comunidad, así que pregúntalo en su agencia tributaria. El País Vasco y Navarra tienen sus propias normas forales. Si compras a una armería, no pagas este impuesto.

Fuentes