Cómo mover un arma de un sitio a otro
Albor · actualizada el 18 de octubre de 2026
Si el arma es tuya y la llevas tú, con tu licencia en vigor y su guía de pertenencia, no necesitas guía de circulación. Esa guía ampara los traslados sin licencia o sin guía de pertenencia, y la vas a ver sobre todo cuando un arma viaja con un transportista.
Cuándo basta la guía de pertenencia
La guía de pertenencia acompaña siempre al arma cuando la usas, la dejas en depósito o la transportas. Para ir al coto, a la galería o a la armería con tu arma, es lo que tiene que viajar con ella.
En el trayecto, el Reglamento pide esto:
- Por calles y lugares públicos de poblaciones, el arma va desmontada o dentro de su caja o funda, y solo en el camino entre donde la guardas y donde la vas a usar.
- El arma y la munición no pueden estar fácilmente al alcance a la vez.
- Tienes que mantenerla bajo control todo el trayecto.
- No puedes llevarla bajo los efectos del alcohol o de drogas.
Con las armas cortas la regla es más estricta: no se pueden llevar fuera de casa, del trabajo, si es el caso, o de la actividad deportiva.
Cuándo hace falta una guía de circulación
Como particular, puede tocarte en dos casos:
- Cuando el arma va con un transportista. Ninguna empresa de transporte puede aceptar un paquete con armas sin la guía de circulación, que viaja con el envío. Es lo que se usa para mandar un arma de una Intervención a otra: lo tienes en Cómo enviar un arma de una Intervención a otra.
- Cuando compras una escopeta en otra localidad. La Intervención de esa localidad puede darte una guía de circulación a la vista del parte de venta y de tu licencia E. Luego tienes diez días para pedir la guía de pertenencia en la Intervención de donde vives.
La guía de circulación la expide la Intervención de Armas después de comprobar el arma y las medidas de seguridad. Recoge el arma (tipo, marca, modelo, calibre y número), el remitente, el destinatario y el precinto. Tiene tres partes: una se queda en la Intervención que la expide, otra viaja con el arma y la tercera es para la Intervención de destino. Si la que viaja se pierde por el camino, se hace otra y el envío queda parado hasta entonces.
La tasa es de 3,93 euros y se paga con el modelo 790 (Cómo pagar las tasas de la Intervención de Armas). En la página de formularios de la Guardia Civil no hay un impreso propio para pedirla, así que pregunta en tu Intervención cómo la tramitan.
Entregar un arma a otra persona
Un arma solo puede estar en manos del titular de su guía de pertenencia, salvo en los casos que regula el Reglamento: el préstamo con autorización escrita (Prestar un arma), la revista pasada por otra persona autorizada por escrito, la venta a otro particular o a una armería (Vender un arma a través de una armería) y la herencia (Heredar armas).
En una venta a otro particular, el arma cambia de manos en la Intervención de Armas: recogen la guía del vendedor y, a la vista del arma, extienden una nueva a nombre del comprador. Hasta entonces, el vendedor la lleva a la Intervención como en cualquier otro trayecto: con su guía de pertenencia, en su funda o caja y sin la munición a mano. Desde que la Intervención expide la guía nueva, el arma viaja con ella. El trámite, paso a paso, está en Cómo se hace el cambio de titular, y si vivís lejos, en Cómo enviar un arma de una Intervención a otra.